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jueves, 5 de abril de 2012

Acerca de la OACI

En esta entrada hablare primero brevemente de la historia de la OACI, ya que me parece muy importante partir desde esta organizacion que es la que genera el mayor caudal de normas las cuales se usan en la actualidad. Luego describiré brevemente los 18 anexos de la OACI.

La OACI, Organizacion de Aviación Civil Internacional, es el organismo dependiente de la ONU el cual genera la mayor parte de la normativa que se utiliza en la actualidad. La OACI nace mediante el Convenio de Chicago en Noviembre de 1944 y entro en total funcionamiento en Abril de 1947. Mediante el Convenio de Chicago, un tratado internacional, se genero de manera legislativa las bases para que todos los estados operen mediante las mismas normas de manera que un vuelo al atravesar fronteras no encuentre diferencias significativas y facilitar el vuelo. Los fines de la OACI como lo establece en su articulo 44 del Convenio son:
Desarrollar los principios y técnicas de la navegación aérea internacional y fomentar la organización y el desenvolvimiento del transporte aéreo internacional.

Junto a esta normativa de tipo legislativa se crearon Anexos técnico.Una característica de los Anexos Técnico es la diferencia entre "norma" y "método recomendado", se entiende como norma "Toda especificación cuya aplicación uniforme se considera realizable y necesaria para facilitar y mejorar algún aspecto de la navegación aérea internacional, y respecto a la cual, de conformidad con el Artículo 38 del propio Convenio, los Estados que no lo cumplan lo notificarán así al Consejo. Una característica de las normas es que en la sintaxis se redacta de modo imperativo y su cumplimiento se considera necesario. Por el otro lado los métodos recomendados son "Toda especificación,cuya aplicación se considera en general realizable y sumamente conveniente para facilitar y mejorar algún aspecto de la navegación aérea internacional, y a la cual los Estados contratantes procurarán ajustarse de conformidad con el Convenio. Estos se redactan de modo condicional y su cumplimiento se considera necesario.

En el presente existen 18 de estos Anexos técnico:

Anexo 1: Licencias al Personal. Este Anexo establece que la garantía de toda operación segura esta dada por la formación, capacidad, idoneidad y entrenamiento del personal. Esta idoneidad, según el anexo, se logra mediante conocimiento, experiencia y pericia.

Anexo 2: Reglamento del Aire. Este Anexo establece normas para unificar los procesamientos a nivel mundial partiendo de dos bases: las condiciones de vuelo (condiciones meteorológicas visuales o instrumentales) y las reglas de vuelo (refiriéndose a cuales serán las normas de transito aéreo que adoptara el piloto durante el vuelo proyectado).

Anexo 3: Servicio Meteorológico para la navegación aérea internacional. La finalidad de este anexo es proporcionar a los explotadores, miembros de tripulaciones, dependencias ATS y SAR, la información meteorológica necesaria para la plantificación y ejecución de las operaciones.  Aquí se establece el sistema de oficinas meteorológicas y disposiciones acerca de observaciones e informes.

Anexo 4: Cartas Aeronáuticas: La OACI unifica en este anexo la cartografía aeronáutica mediante la creación de 17 tipos distintos de cartas cada una con su función especifica, 6 de estas cartas son de elaboración obligatoria.

Anexo 5: Unidades de medida: Este anexo establece las unidades que serán utilizadas internacionalmente en la negación aérea.

Anexo 6: Operación de aeronaves: El objetivo de este anexo es generar estándares que garantizen la seguridad para facilitar el paso de las aeronaves que cumplan estas normas sobre los territorios de aquellos estados que también respeten estas normas. Se busca obtener la mayor normalizacion en las operaciones de aeronaves.

Anexo 7: Marcas de nacionalidad y matriculas de las aeronaves: Todas las aeronaves del mundo tienen una identificacion y se describe como serán identificadas de manera única en todo el mundo además de definir el concepto de "aeronave".

Anexo 8: Aeronavegabilidad: Para responder al principio de la seguridad, toda aeronave debe contar con un certificado de aeronavegabilidad. La obtención de este certificado es la finalizacion de un largo proceso de diseño, construccion, características operacionales, mantenimiento, etc. Aquí se definen normas mínimas para expedir los certificados de aeronavegabilidad que las aeronaves deben cumplir.

Anexo 9: Facilitación: Este anexo fue concebido para facilitar los tramites tanto en el inicio como en el fin del vuelo y se incluyen temas como entrada y salida de aeronaves, carga, personas y su equipaje, aeropuertos internacionales (instalaciones y servicios para el transito), etc.

Anexo 10: Telecomunicaciones Aeronáuticas: Las comunicaciones siempre fueron vitales en la historia de la aviación, este anexo establece 4 servicios de comunicacion básicos: Servicio Fijo Aeronáutico, Servicio Móvil Aeronáutico, Servicio de radionavegacion Aeronáutico y Servicio de radiodifusión Aeronáutico.

Anexo 11: Servicios de transito aéreo: El contenido de este anexo se aplica en aquellos espacios aéreos en donde los estados deciden proveer este servicio. También se establecen los 3 pilares de este servicio que son servicio de control de transito aéreo, servicio de información y servicio de alerta. También describe como se divide el espacio aéreo y que servicios se prestan en cada parte del espacio aéreo.

Anexo 12: Búsqueda y salvamento: En este anexo se trata detalladamente la organizacion y la cooperación de las operaciones de búsqueda y salvamento en casos de emergencia, focalizandose en la organizacion que los estados deben mantener para cubrir este servicio tanto en sus territorios como en alta mar.

Anexo 13: Investigación de accidentes de aviación: En el caso de un accidente de aviación, este anexo describe de manera uniforme como realizar un procedimiento de investigación así como las obligaciones de diversos participantes y sus responsabilidades.

Anexo 14: Aeródromos: Este amplio anexo trata desde la plantificación de los aeródromos hasta detalles de su operación y certificacion incluyendo normativa acerca de características físicas, obstáculos, ayudas visuales, pistas, calles de rodaje, equipos e instalaciones, etc.

Anexo 15: Servicio de información aeronáutica: Los estados se obligaron a si mismos a proporcionar el servicio de información aeronáutica en el Convenio de Chicago, y este anexo describe como debe suministrarse. Este servicio esta compuesto por Publicaciones (PUB), cartas aeronauticas (MAP), notams (NOF) y dependencias AIS de aerodromos.

Anexo 16: Proteccion al medio ambiente: Aquí se reconoce los efectos que la actividad aeronáutica causa al medio ambiente y se trata especialmente la contaminacion sonora y la contaminacion por emisión de motores de las aeronaves.

Anexo 17: Seguridad: Este anexo se encarga principalmente de los aspectos de coordinación y supervision de medidas que se adopten para preservar la seguridad del transporte aéreo refiriéndose a la inspeccion, control y registro de personas, equipajes y cargas en aeródromos.

Anexo 18: Transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía aérea: Muchos elementos transportados por vía aérea son considerados peligrosos: corrosivos, explosivos, tóxicos, radioactivos, etc. Es por esto que este ultimo anexo fue creado con el objetivo de contar con medidas aceptadas a nivel internacional que regulen el transporte de estos elementos de manera segura.



Estos son los 18 anexos técnico que hasta hoy regulan la actividad aeronáutica. Además de estos 18 anexos técnico la OACI publica diferentes documentos que detallan la información de los anexos ampliándola y llevandola a un nivel mas terrenal para su aplicacion.
Esto fue un pequeño resumen de lo que es la OACI y sus anexos técnicos, toda la información fue tomada del Convenio de Chicago, de los Anexos tecnicos y del libro "Las reglamentaciones aeronáuticas" de Jose Carnero.

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